Prólogo Rebaja

Quién tiene derecho
Pueden beneficiarse de este crédito los particulares y sus empresas.

Para poder optar a ella, debe:

Cómprelo para su propio uso, no para revenderlo.
Utilizarlo principalmente en EE.UU.
Además, sus ingresos brutos ajustados modificados (AGI) no pueden superar:

300.000 $ para parejas casadas que presenten una declaración conjunta
225.000 $ para cabezas de familia
150.000 $ para el resto de declarantes
Puede utilizar su AGI modificado del año en que recibe el vehículo o del año anterior, el que sea menor. Si su AGI modificado es inferior al umbral en uno de los dos años, puede solicitar el crédito. Su AGI modificado es el importe de la línea 11 de su formulario 1040 más:

Cualquier cantidad de la línea 45 o 50 del formulario 2555, Foreign Earned Income (Ingresos obtenidos en el extranjero).
Cualquier cantidad excluida de la renta bruta por haber sido recibida de fuentes en Puerto Rico o Samoa Americana.
El crédito no es reembolsable, por lo que no puede recuperar más crédito del que debe en impuestos. No puede aplicar ningún exceso de crédito a ejercicios fiscales futuros.

Para poder optar a ella, un vehículo debe

Tener una capacidad de batería de al menos 7 kilovatios hora
Tener un peso bruto inferior a 14.000 libras.
Ser fabricados por un fabricante cualificado.
Tenga en cuenta que los vehículos de pila de combustible no necesitan ser fabricados por un fabricante cualificado para ser elegibles. Ver Rev. Proc. 2022-42 para una orientación más detallada.
Los vehículos de esta lista cumplirán los tres requisitos anteriores.

La venta sólo es válida si:

Usted compra el vehículo nuevo. Nuevo significa que no ha sido comprado, matriculado, titulado ni utilizado con anterioridad.
El vendedor le comunica la información requerida en el momento de la venta y al IRS. Los vendedores están obligados a comunicar su nombre y número de identificación fiscal al IRS para que usted pueda solicitar el crédito.
Para los vehículos puestos en servicio a partir del 1 de enero de 2024, el vendedor debe estar registrado en Créditos Energéticos en Línea del IRS, y el vehículo debe ser aprobado a través de Créditos Energéticos en Línea en el momento de la venta.

Requisitos de minerales críticos y componentes de la batería
Para los vehículos puestos en servicio (entregados al consumidor) a partir del 18 de abril de 2023, el importe del crédito dependerá de que el vehículo cumpla los requisitos de abastecimiento de minerales críticos y/o de abastecimiento de componentes de la batería. Un vehículo que cumpla ambos requisitos de abastecimiento puede optar a la totalidad del crédito de 7.500 $, y un vehículo que cumpla sólo uno de estos requisitos de abastecimiento puede optar a un crédito de 3.750 $. Los vehículos que no cumplan ninguno de los dos requisitos no podrán optar a la bonificación.

En algunos casos, es posible que tenga que consultar con su concesionario la elegibilidad y el importe del crédito para un vehículo específico.

Requisito MSRP
El precio de venta sugerido por el fabricante (MSRP) del vehículo no puede superar:

80.000 $ para furgonetas, vehículos utilitarios deportivos y camionetas.
55.000 $ para otros vehículos

El MSRP es el precio de venta al público base sugerido por el fabricante, más el precio de venta al público sugerido por el fabricante para cada accesorio o elemento de equipamiento opcional fijado físicamente al vehículo en el momento de la entrega al concesionario. No incluye los gastos de destino, el coste de los elementos opcionales añadidos por el concesionario, ni los impuestos y tasas. Además, los incentivos del fabricante/concesionario y los canjes no afectan al MSRP.